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Timbrar una factura

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Condiciones para realizar el proceso

  1. Un usuario administrador o supervisor tiene los permisos necesarios para realizar este proceso.
  2. El procedimiento se lleva a cabo en el Administrativo, por esta razón debe iniciar sesión en este módulo.
  3. Debe tener definido el catálogo de facturas.
  4. El sistema debe estar configurado para poder timbrar las facturas, esto incluye los catálogos de formas de impresióncertificado de CFDI, y proveedor de CFDI.
  5. Si desea consultar una vista previa de la factura, puede generar una impresión de vista previa.
  6. Se recomienda revisar los datos obligatorios que establece el SAT para CFDI 4.0.
  7. No puede facturar mercancía con existencia insuficiente.
  8. Si usted cumple con estas condiciones, puede comenzar con el proceso.

Procedimiento

Debe dirigirse a la siguiente ruta: Ventas -> Facturas.

Timbrar una factura

Desde el catálogo de facturas; elija una serie, seleccione el registro de su interés y presione el botón Imprimir.

A continuación, debe seleccionar una forma de impresión de la factura y pulsar el botón Aceptar.

A partir de este punto se inicia un proceso de validación obligatorio del SAT en el que se verifica que la información de la factura cumpla con los requisitos establecidos para el timbrado de CFDI 4.0

Una vez que el PAC valida la información de la factura, el sistema mostrará el mensaje de timbrado exitosamente.

Por último, puede visualizar el PDF de la factura timbrada.

Alcances

  1. El documento PDF que se genera es un comprobante fiscal que contiene el folio fiscal único e irrepetible, asignado por el PAC, que le otorga la autenticidad a la factura. También, se crea un archivo con extensión XML que contiene los nodos y atributos requeridos por la autoridad.
  2. El sistema permite realizar el armado de pólizas con las facturas emitidas.
  3. Cuando se timbra la factura, el sistema marca la casilla CFDI del registro.
  4. Las facturas con método de pago PUE y cualquier forma de pago (excepto 30 y 99), reportan todos los impuestos cobrados en el detalle del documento ante el SAT al momento de emitir el CFDI.
  5. Las facturas con método de pago PUE y forma de pago 30 (aplicación de anticipos), deben cumplir con el proceso establecido por el SAT para poder timbrar sus documentos.
  6. Las facturas con método de pago PPD y forma de pago 99 (por definir), no reportan los impuestos cobrados en el detalle del documento ante el SAT al momento de emitir el CFDI y se deben emitir todos los complementos de pago necesarios hasta cubrir el monto total de la operación.
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